IVA en Supermercados: Compras Menores a $10 Millones Exentas
A partir del 1 de julio, una importante modificación impactará en el bolsillo de los consumidores y la operatoria de supermercados. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha dispuesto, mediante la Resolución General 5710/2025, que las compras en supermercados menores a 10 millones de pesos quedarán exentas de la percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
¿Qué implica este cambio?
Esta medida significa que los supermercados e hipermercados no aplicarán la percepción del IVA en las transacciones que cumplan con este requisito. La normativa apunta principalmente a consumidores finales y pequeños comercios, simplificando las operaciones y potencialmente reduciendo los costos.
Detalles de la Resolución
La Resolución General 5710/2025 establece que, para los sujetos que no acrediten su condición de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados por el IVA, ni su inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), las compras menores a $10.000.000 se considerarán automáticamente dirigidas a un consumidor final.
La norma original requería una declaración expresa del comprador como consumidor final, pero ahora, este requisito se simplifica para compras de menor valor. Esto agiliza el proceso de compra y evita la necesidad de completar formularios adicionales.
Rubros Alcanzados
La medida abarca una amplia gama de establecimientos comerciales, incluyendo:
- Supermercados mayoristas de alimentos
- Hipermercados
- Supermercados
- Minimercados (incluyendo autoservicios y mercaditos)
Esta modificación representa un cambio significativo en la forma en que se aplica el IVA en el sector de alimentos, buscando facilitar las transacciones para consumidores y pequeños comerciantes. Estaremos atentos a la implementación de la medida y su impacto real en la economía.